Pláticas en el gringo

 

 

En el gringo nunca falta el comentario atinado, erudito, ácido, ridículo, inclemente, mordaz, útil, políticamente incorrecto, informativo o qué se yo qué, después de comer.

¿Por qué no dejar un registro de todos ellos?

 

8.18.2010

 

El memorable comentario de Jalil.

...por fortuna, recordé que tengo muy buena memoria.

12.09.2008

 

Definición

Siguiendo con el mismo espíritu del pasado link de Aubin (y con la denominación de la "Puretera" que nos brindó Andrés), agrego una que me gustó mucho:

Póstumo: Gladiador romano invencible.

Acuñada por Roberto Bolaño... cuya más famosa novela, fue póstuma.

Etiquetas: ,


11.18.2008

 

El dercho a huelga en el gringo

Porque las huelgas tienen que ser declaradas legales o ilegales antes de suceder.
Investigación chaurreada por Jalil.
Saludos

Es una acción emprendida de forma individual, o por un colectivo social, consistente en dejar de hacer alguna actividad, dentro de las funciones del colectivo o individuo, para ejercer una presión social, con vistas a la obtención de un objetivo concreto.

Según la Organización Internacional del Trabajo, el derecho de huelga es uno de los medios legítimos fundamentales de que disponen los trabajadores y sus organizaciones para la promoción y defensa de sus intereses económicos y sociales.



De acuerdo a la legalidad de la huelga: puede ser:


En Argentina, el artículo 14 BIS de la Constitución Argentina, manifiesta , entre otras cosas, el derecho a huelga: "Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo."


En España:

Artículo 16.

  1. Los trabajadores que participaren en huelga ilegal o cualquier otra forma de alteración colectiva en el régimen normal de trabajo, incurrirán en la falta prevista en el apartado j del artículo 33 de este Real Decreto-ley.



Los impedimentos legales del derecho a huelga


escrito por Victor Taibo

lunes, 30 de abril de 2007

Lo llaman democracia y no lo es

La huelga es un método de lucha fundamental de la clase obrera. El derecho a ejercerla es una conquista histórica arrancada a la burguesía, sin embargo, es objeto de una estricta regulación por parte del Estado burgués, con la finalidad de garantizar los ingentes beneficios de los capitalistas y en última instancia la estabilidad del propia sistema.
Actualmente el derecho de huelga sigue siendo objeto de regulación por medio de una norma preconstitucional, el Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo de 1977, sobre Relaciones de Trabajo. Esta norma impone severas restricciones al derecho de huelga, que si bien actualmente no son aplicadas de forma estricta y con carácter general, por las consecuencias que de ello se podrían derivar para la burguesía, están reflejadas en el texto legal con una clara intencionalidad política, y con vistas a un futuro próximo no tan apacible para la clase dominante.

Agravio comparativo

En primer lugar cabe destacar el agravio comparativo que se establece respecto al cierre patronal, una de las principales armas de la burguesía para combatir al proletariado. Mientras el ejercicio del derecho de huelga requiere un preaviso a la Autoridad Laboral y al empresario o empresarios afectados de cinco días, diez en el caso de afectar a servicios públicos, el cierre patronal deberá ser comunicado por el empresario en las 12 horas siguientes de haberse realizado a la Autoridad laboral correspondiente, sin necesidad de comunicación alguna a los representantes de los trabajadores.
Por otro lado, a pesar de estar prohibida la renuncia al derecho de huelga o cualquier otra restricción del mismo mediante contratos individuales de trabajo, el artículo 8 del citado Real Decreto-Ley sí permite acordar dicha renuncia mediante convenio colectivo, por los representantes de los trabajadores pudiendo por lo tanto anularse temporalmente el derecho de huelga durante la vigencia de dicho convenio, a pesar de considerarse un derecho fundamental de las personas
Sin embargo, la forma más evidente de restricción del derecho de huelga la encontramos en las denominadas "huelgas abusivas o ilícitas" y "huelgas ilegales". Las primeras son objeto de regulación en el artículo 7 de la Ley, considerándose como tales "las huelgas rotatorias, las efectuadas por los trabajadores que presten servicios en sectores estratégicos con la finalidad de interrumpir el proceso productivo, las de celo o reglamento y, en general, cualquier forma de alteración colectiva en el régimen de trabajo distinta a la huelga".

La ley prohibe la solidaridad

En segundo lugar nos encontramos con las denominadas huelgas ilegales, que se diferencian de las primeras en que, mientras respecto a éstas los trabajadores pueden probar su necesidad, y conseguir ante los tribunales burgueses que no sean consideradas ilícitas, en aquellas no cabe dicha posibilidad, siendo ilegales irremediablemente. El artículo 11 regula dichos supuestos, diferenciando entre los siguientes:
"a) Cuando se inicie o sostenga por motivos políticos o con cualquier otra finalidad ajena al interés profesional de los trabajadores afectados.
b) Cuando sea de solidaridad o apoyo, salvo que afecte directamente al interés profesional de quienes la promuevan o sostengan.
c) Cuando tenga por objeto alterar, dentro de su periodo de vigencia, lo pactado en un convenio colectivo o lo establecido por laudo.
d) Cuando se produzca, contraviniendo lo dispuesto en el presente decreto-ley, o lo expresamente pactado en convenio colectivo para la solución de conflictos".



En Bélgica, según Condé:



9.04.2008

 

¿El café de los vencidos?

El segundo piso de nuestro querido café tiene un vistoso letrero en la ventana que reza: "Club de Ajedrez Alekhine", junto con dicho aviso, en una de las paredes hay un mural de uno de sendos duelos de ajedrez que el ya nombrado sostuvo contra José Raúl Capablanca en San Petesburgo en 1914.

En la pintura del café se ve a Alexander Alekhine en una posición calmada y sin siquiera ver el tablero, y dado que el club de ajedrez lleva su nombre, los clientes asumimos que salió victorioso del encuentro, sin embargo, la historia es diferente.

Alexander Alekhine (Rusia, 1892) fue uno de los mejores ajedrecistas de su tiempo, llegando a ser campeón mundial. 1914 fue un gran año para él, se coronó campeón de Rusia al empatar, por puntos, en un torneo con al anterior campeón y jugando un último juego de desempate. Con lo anterior ganó un puesto para participar en el torneo mundial de San Petesburgo, donde compitió contra los mejores jugadores del momento (excepto los de nacionalidad Astro-Húngara, vetados por el Zar). En el torneo se midió contra Capablanca, en el momento considerado invencible después de rubricar un impresionante 13 - 0 en el torneo de Nueva York el año anterior, en ambos duelos Capablanca salió victorioso sin mucho esfuerzo. Capablanca no ganó ese torneo, pero Alekhine y él se encontraron entre los cinco premiados por el Zar Nicolás II.

En 1914 empezó la guerra mundial, suspendiendo así los torneos de ajedrez por algunos años. Empezando 1919 Capablanca empezó una serie de juegos contra los mejores jugadores, sin llegar a jugar contra el entonces campeón mundial Emanuel Lasker (quien lo venciera en el torneo de San Petesburgo), ya que después de verlo jugar y mantenerse invicto Lasker le cedió el título. El cubano no lo aceptó, forzando a Lasker a jugar un juego en la Habana, del cual el anfitrión salió victorioso, adjudicándose el título mundial sin perder un sólo juego, hecho que sólo se ha repetido una vez.

Se siguió un torneo en Londres (1922) del cual Capablanca volvió a salir campeón, derrotando entre otros, a Alekhine y se modificaron las reglas del torneo, quien quisiera retar al campeón debería de poner como apuesta 10,000 dólares. En ese mismo año Capablanca dio exhibición contra 103 juadores simultáneamente, obteniendo 102 victorias y un empate.

En 1927 Alexader Alekhine, obtiene los suficientes fondos para retar a Capablanca de parte del gobierno y las empresas de Argentina, para jugar un serie de doce juegos en Buenos Aires. El resultado global dio como campeón al ruso, para la sorpresa de todos y la de él mismo.

Capablanca inmediatamente junto los fondos para retar al nuevo campeón que se negó a aceptar el reto, a pesar de que era una condición aceptada para que Capablanca aceptara su reto anterior. Capablanca continuó insistiendo hasta 1929, ya que después de la crisis del 30 le fue imposible recaudar la suma necesaria.

José Raúl Capablanca muere en 1942, Alekhine mantiene el título hasta 1933, para recuperarlo en el 37 (dado que el efímero campeón sí acepto la revancha del ruso) y manternerlo hasta 1946, muriendo campeón.

...¿qué moraleja nos quiere enseñar el gringo?...

6.23.2008

 

Sinonimo de burbujas...

Un sinónimo de burbujas: pompitas.

...hay lavanderías para todo.

2.14.2008

 

Propaganda

Una imagen dice más que mil palabras...


...y aprovechamos para hacer el anuncio.
(Reproducción de la revista Origenes, Febrero 2008)

2.13.2008

 

¿Un nuevo estilo cinematográfico?

El "recut" o reedición (creo que sería la mejor traducción) en español puede ser considerado como un mero ejercicio de estilo, pero aún así tiene su gracia.
Este es el ejemplo del que hablamos el otro día en la comida.
Pero hay muchos más en el iutúb.

Quien no haya visto la película (The shining (El resplandor), Stanley Kubrick), tal vez no le encuentre mucho chiste al siguiente avance. Quien sí, seguramente lo disfrutará.


Archives

diciembre 2006   enero 2007   febrero 2007   marzo 2007   abril 2007   mayo 2007   junio 2007   julio 2007   agosto 2007   septiembre 2007   octubre 2007   noviembre 2007   enero 2008   febrero 2008   junio 2008   septiembre 2008   noviembre 2008   diciembre 2008   agosto 2010  

This page is powered by Blogger. Isn't yours?